Actualización de la NOM-127-SSA1-2021
Publicada el 02/05/2022 en el Diario Oficial de la Federación, la actualización de la NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización. Es remplazada por la nueva NOM-127-SSA1-2021, Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de la calidad del agua.
Sin duda, este acontecimiento fue recibido de manera grata por el sector ambiental y de salud, pues se había retrasado desde el año 2017, cuando se aprobó el anteproyecto de la norma.
La presente norma entra en vigor el 26 de abril del 2023, por lo que las empresas tienen hasta esa fecha para cumplir con los nuevos lineamientos que establece la presente norma, de no hacerlo podrán recibir sanciones y multas.
Por su parte el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua comentó:
"Los parámetros que más preocupación generan a priori en los organismos operadores son los de arsénico y fluoruros, pues no es un secreto que, lamentablemente, en nuestro país existen pozos contaminados con estos elementos químicos en concentraciones que rebasan la normatividad actual. Actualmente falta mucho por hacer para reducir la concentración de dichos elementos al límite permisible de 0.025 mg/l y 1.5 mg/l, respectivamente. Al reducir estos límites hasta 0.01 mg/l para arsénico y 1.0 mg/l para fluoruros se requerirá muy probablemente de procesos de potabilización más robustos y costosos, en más sitios que los que actualmente se tienen identificados.
Además, otro parámetro que disminuye su concentración permitida de 0.025 mg/l a 0.01 mg/l es el plomo; situación similar al arsénico y fluoruros, pues con estos nuevos límites será necesario invertir en la potabilización de más fuentes de abastecimiento, que pasarán de calidad aceptable a contaminadas. Sin embargo, estos límites permisibles no han sido seleccionados al azar o por capricho de nadie, han sido modificados con base en estudios de riesgo a la salud y en análisis comparativos con la normatividad internacional. Porque, cuando de salud se trata, no se debe escatimar en acciones ni en recursos técnicos y económicos para proporcionar a la población agua segura, pues no es una cuestión solo de color y sabor, sino de contenido químico y biológico."
Por tal motivo es importante cumplir con las nuevas medidas para el abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada, ya que es fundamental para prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere establecer límites permisibles en cuanto a sus características microbiológicas, físicas, organolépticas, químicas y radiactivas, con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua en los sistemas, hasta la entrega al consumidor.
Por tales razones la Secretaría de Salud, propone la modificación a la presente Norma Oficial Mexicana, con la finalidad de establecer un eficaz control sanitario del agua que se somete a tratamientos de potabilización a efecto de hacerla apta para uso y consumo humano, acorde a las necesidades actuales.
Puedes leer completa estas norma en el siguiente enlace:
Publicado por MEd. Julio Benítez, Mayo 2022