LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES, UN PARADIGMA QUE DEBEMOS REVISAR
Resumen
La definición de Enfermedad Profesional (EP) es un concepto legal que se relaciona con la etiología1. En el caso de Chile, esta definición legal data del año 1968 y se encuentra enmarcada en la ley 16.744 del Ministerio del Trabajo; en el D.S. 594 del Ministerio de Salud; y en el D.S. 109 del Ministerio del Trabajo. Todas consideran como Enfermedad Profesional a aquellas enfermedades causadas directamente por agentes de riesgo relacionados al trabajo.
Por otro lado, el proceso de estudio clínico y demostración de la causalidad laboral de este grupo de enfermedades se denomina “Calificación” e implica la consistencia en el análisis de los aspectos etiopatogénicos de la enfermedad propiamente tal, la demostración de la existencia del riesgo específico y la correspondencia con las definiciones jurídicas, en cuanto a la legislación vigente en cada país.
En cuanto a Chile, llama la atención que durante el año 2015, fuera acogido como Enfermedad Profesional el 0,13% de un total de 4.820.954 cotizantes al seguro de la Ley 16.744 (sin incluir al ISL2).
La presente publicación pretende exponer que el paradigma clásico de causalidad única e indubitable que define la enfermedad profesional se hace insuficiente para la calificación del origen laboral de patologías emergentes, haciéndose necesaria la actualización de la definición de Enfermedad Profesional, como un tema país que debe ser abordado en la ley y considerado en la Política Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo.
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