Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Artículos
1 al 73 | 74 al 139 | 140 al 199 | 200 al 254
Publicada por primera vez en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de marzo del 2007. Durante el sexenio del presidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.
La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia en toda la República, y se aplicará a las Dependencias, Entidades, Trabajadores al servicio civil, Pensionados y Familiares Derechohabientes.
La Ley del ISSSTE se constituía en México como la primera en responder a una visión integral de la seguridad social, cubriendo tanto asistencia a la salud, como prestaciones sociales, culturales y económicas, cuyos beneficios se extendían y se extienden a los familiares de los trabajadores.
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